· Coche
Te has traído el coche de Alemania: cuánto tiempo tienes para matricularlo en Canarias
En octubre llegan los barcos llenos de coches con matrícula alemana, holandesa o italiana. Y en la oficina llega la misma pregunta: ¿cuánto tiempo tengo para pasarlo a matrícula española? La respuesta corta tiene dos mitades. Si vienes a pasar el invierno y tu residencia sigue fuera, tienes meses. Si ya vives aquí como residente, tienes días, y el reloj ya está corriendo.
Dos situaciones, dos respuestas
Si no eres residente y traes tu coche desde la Península, Baleares u otro país de la UE para una temporada, la Agencia Tributaria lo dice claro: el vehículo puede estar en Canarias un máximo de seis meses consecutivos, para uso privado, sin prestarlo, alquilarlo ni cederlo, y sin ninguna formalidad aduanera. Si se va a quedar más de seis meses, antes tienes que declararlo en la aduana o pedir la importación temporal. Si en cambio eres residente en España y el coche se queda contigo, tiene que matricularse aquí. Y para eso hay un plazo que casi nadie conoce.
El plazo: 30 días; 60 si te mudas y cumples la exención
La regla está en el impuesto de matriculación. Hacienda considera que el impuesto nace por la circulación o utilización en España de un vehículo con matrícula extranjera cuando el residente no ha solicitado la matriculación definitiva dentro de los treinta días. Ese plazo se amplía a sesenta días si te trasladas a vivir a España y se cumplen las condiciones de la exención por traslado de residencia, que explicamos abajo. Si no se cumplen, siguen siendo treinta. Ojo con la fecha de arranque: para Hacienda cuenta el día en que el coche entra en España. Guarda el billete del barco. Solo si esa fecha no se puede probar, cuenta desde que eres residente. Pasado el plazo, el impuesto se considera devengado aunque no hayas presentado nada, y a partir de ahí todo se complica.
El impuesto de matriculación puede quedar exento
Quien se traslada a vivir a España con su coche puede quedar exento del impuesto si cumple cinco condiciones que la Agencia Tributaria enumera: haber tenido la residencia habitual fuera de España al menos los doce meses anteriores; haber usado el coche en la antigua residencia al menos seis meses antes de dejarla; haberlo comprado en condiciones normales de tributación en el país de origen, sin devolución de impuestos a la salida; solicitar la matriculación dentro del plazo; y no transmitirlo durante los doce meses siguientes a la matriculación. No hace falta reconocimiento previo de Hacienda, pero sí presentar la declaración de exención (modelo 06) dentro del mismo plazo de treinta o sesenta días. Si no, la exención se pierde. La cuantía del impuesto, cuando se paga, depende de las emisiones del coche, y en Canarias se aplican tipos propios: aquí no ponemos cifras, las calcula tu gestor con tu ficha técnica.
En Canarias hay un paso más: la aduana
Canarias está fuera del territorio del IVA, así que traer un coche desde Alemania o desde la Península cuenta como una importación y lleva IGIC, aunque el coche sea de segunda mano y ya hayas pagado su impuesto en origen. También aquí hay exención por traslado de residencia, con sus propias condiciones: haber residido fuera de Canarias al menos 185 días al año si vienes de la Península, Baleares o la Unión Europea, o doce meses si vienes de fuera de la Unión; seis meses de posesión y uso del coche; que el coche llegue dentro de los doce meses siguientes al cambio de residencia; empadronarte en los seis meses siguientes a su llegada si aún no lo estás; y no venderlo, cederlo ni alquilarlo durante doce meses. La declaración se presenta a través de la ventanilla única VEXCAN. Es el trámite que más veces se olvida, porque en la Península no existe.
Los pasos, por orden
Según la DGT, el camino es este. Primero la ITV: llevas el permiso de circulación extranjero original, el certificado de conformidad europeo (CoC) o una ficha reducida (para coches anteriores a 2002, un documento de homologación personalizado), y el contrato o factura si el coche no está a tu nombre; la estación te entrega la ficha técnica española. Segundo, los impuestos: el de matriculación o su exención ante la Agencia Tributaria, el de circulación en tu ayuntamiento y, en Canarias, el IGIC de importación. Tercero, la solicitud de matriculación en Tráfico, presencial o por internet. Cuarto, las placas, que compras en una tienda autorizada. Si ves que los treinta o sesenta días no te llegan, existe la matrícula temporal con placas verdes: vale sesenta días y se pide a la vez que la matriculación definitiva; solo se prorroga si el retraso no es culpa tuya y lo pides antes de que caduque. Para circular con ella, el coche tiene que estar asegurado y con la ITV al día.
Y el seguro, que es lo nuestro
Tu póliza alemana está ligada a tu matrícula alemana y, en muchos casos, a tu residencia allí. Antes de darte de baja en Alemania, escríbenos por WhatsApp al 636 47 02 07: te decimos qué papeles necesitamos para la póliza nueva y vemos contigo los días de transición. Sin seguro el coche no puede circular ni un día, tampoco con placas verdes. Otro motivo para la matrícula española: en catástrofes como una erupción volcánica, el Consorcio solo cubre vehículos con matrícula española. Trae también el certificado de siniestralidad de tu aseguradora de origen; cómo se usa aquí lo explicamos en nuestro artículo sobre la bonificación extranjera. Y si tu permiso de conducir es alemán, mira nuestro artículo sobre el canje: no es obligatorio, pero si tu permiso no tiene fecha de caducidad, hay un plazo.
Qué significa esto para ti
- Sin residencia aquí y con un coche de la UE: hasta seis meses seguidos con tu matrícula, uso privado, sin prestar ni alquilar el coche.
- Con residencia: treinta días desde que el coche entra en España, sesenta si te mudas y cumples la exención. Guarda el billete del barco.
- Antes de mudarte, comprueba las dos fechas que deciden la exención: doce meses viviendo fuera y seis meses con el coche.
- En Canarias, además, la aduana: el coche no se puede vender ni ceder durante doce meses, y el empadronamiento tiene que estar hecho.
- Escríbenos por WhatsApp antes de dar de baja la póliza alemana, y trae el certificado de siniestralidad.
Fuente: BOE · Ley 38/1992 de Impuestos Especiales (se abre en una ventana nueva) · 7 de octubre de 2026
Información sin compromiso. Vinculantes son la póliza y las notas informativas de Allianz.
